Venezuela retrocede 100 años frente a América Latina




Manuel Vicente Román, abogado y profesor de la UC, afirma que el país no podrá progresar en paz, mientras exista la anarquía gubernamental y las leyes no sean respetadas por el gobierno de turno

Manuel Vicente Román, asegura que Venezuela ha retrocedido 100 años frente a nuestros vecinos de América Latina en materia económica, política y social.

El abogado y profesor de la Universidad de Carabobo afirma que el país no podrá progresar en paz, mientras exista la anarquía gubernamental y las leyes no sean respetadas por el gobierno de turno.

Manuel Román, miembro de la dirección nacional de Primero Justicia, al realizar un análisis de la nueva forma de Gobierno inconstitucional, y sostiene que existe una extensa lista de todas las sistemáticas violaciones a la Constitución Nacional que han acontecido en el país en los últimos 17 años.

Es por ello que urge la necesidad de la auténtica existencia de la separación de poderes, que tengan la fuerza y legitimidad necesaria para actuar frente a esos atropellos dignos de administraciones totalitarias, dijo.

Manuel Vicente Román realizó un extenso trabajo en el que describe aspectos relacionados con el Plan de la Patria, la Constituyente y el Plan Zamora, los últimos artilugios implementados por el Gobierno de Nicolás Maduro para dar continuidad a su mandato. Los describimos a continuación:

El Plan de la Patria, para el año 2012, el expresidente Hugo Chávez en su campaña presidencial anuncia a la calle el Plan de la Patria 2013 – 2019, con el que tiene como objetivo acelerar el proceso de “pulverizar la forma de Estado burguesa” y darle continuidad a la invención de nuevas formas de gestión política.

Dentro del Plan de la Patria también encontramos los objetivos nacionales entre los que destaca el signado con el número 2.5 “Lograr la irrupción definitiva del Nuevo Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia”, de ahí se desprende el 2.5.5 que tiene como fin “Dirigir desde la jefatura del Estado una profunda y definitiva revolución en el sistema de administración de justicia.

El Plan de la Patria 2013 – 2019 es el testamento político que dejó Chávez para la continuación de su proyecto en el país. Desde allí el Gobierno actual basa su política de estado, que a todas luces siempre ha sido alejada de la Constitución de 1999 y del orden legal. Y se pudiera decir, que el plan de la Patria elaborado por Hugo Chávez es el anuncio formal del autoritarismo y la quiebra profunda de la separación de poderes.

Es menester recordar que el año 2007, Hugo Chávez presentó una Reforma Constitucional ante la Asamblea Nacional, un proyecto con el objeto de establecer un Estado Socialista, Centralizado, Policial y Militarista basado en el mal llamado Poder Popular.

En resumen, entre los aspectos más relevantes, estaba transformar el Estado, en un Estado socialista, con una doctrina política oficial de carácter socialista que se denominaba como “doctrina bolivariana” con lo cual se eliminaba toda posibilidad de pensamiento distinto al oficial y por tanto toda disidencia, se buscaba la eliminación definitiva de la forma federal del Estado, imposibilitando la participación política y disminuyendo la democracia, pretendían declarar constitucionales las nuevas formas de organización social creadas en revolución.

Para la época se pretendían reformar 69 artículos de nuestra Carta Magna, y no era necesario ser un especialista en el área Constitucional para percatarse que el exmandatario quería acabar con los valores y principios estructurados en la Constitución del año 1999. Esa reforma fue a un Referéndum consultivo en donde Chávez por primera vez perdía una elección nacional. Le costó mucho aceptar esa derrota ante el país y la denominó “victoria escatológica opositora” en plena cadena nacional.

La alegría opositora fue muy breve, la gran mayoría de los cambios que Hugo Chávez quería implementar constitucionalmente mediante la Reforma Constitucional del 2007, los realizó paulatinamente mediante la materialización de decretos con rango valor y fuerza de ley emanados del Poder Ejecutivo a través de la Ley Habilitante, así como también mediante Leyes orgánicas creadas por el legislativo nacional. En esos años, la Asamblea Nacional la dominaba absolutamente el desaparecido partido político MVR junto con sus partidos aliados. Dentro del accionar político – jurídico del gobierno nacional, han sido muy pocas las oportunidades para no decir ninguna, que el mismo ha respetado la Constitución y las leyes del país.

Es indiscutible que a Chávez solo le quitaba el sueño un solo artículo de la Constitución Nacional venezolana de 1999, el artículo 230, el cual refería al periodo presidencial, que establecía que el periodo era de seis años y que el Presidente de la República podía ser reelegido de inmediato y por una sola vez para un nuevo periodo, es necesario señalar que el artículo en cuestión estuvo en la consulta del año 2007, es decir Chávez no podía ser candidato de nuevo en la elección presidencial del año 2012.

Debo destacar, que sin importar el resultado de la reforma del 2007, el cual fue contrario a Chávez, el exmandatario en el año 2009, basado en el artículo 340 de la Constitución, convoca desde la ciudad de Valencia a una Enmienda Constitucional con el objeto único y exclusivo de modificar la reelección de cargos de elección popular y Chávez lograr así, ser de nuevo candidato presidencial, esto obviamente es contrario al principio de la alternabilidad republicana que prevé el artículo 6 de la carta marga actual, dicha enmienda propuesta en el año 2009 la gana el gobierno nacional, gracias a esa modificación constitucional, Hugo Chávez pudo ser candidato presidencial en el año 2012.

La Constituyente

Antes de entrar en el tema de la Constituyente veo conveniente recordar que dentro de los principios fundamentales de la organización del Estado, que es esencial al constitucionalismo moderno es el de la supremacía constitucional, el cual siguiendo la tradición que se remonta a la Constitución Federal de 1811, se consagró claramente en la carta magna del 99 en su artículo 7 que “la Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico y que “todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución, es incuestionable que, para que una Constitución sea la ley suprema de una sociedad, debe ser emanada de ella misma, sin imposiciones ni coacciones. Las Constituciones impuestas por un grupo político minoritario al resto de los integrantes de la sociedad tienen, por tanto, no solo una precaria supremacía, sino una duración limitada a la presencia en el poder del grupo que la impuso.

Han pasado largos años, y es público y notorio la forma autoritaria y dictatorial del gobierno nacional en su accionar.

En este 2017, Maduro utilizando todos los medios de comunicación del Estado, en el día internacional del trabajador, convoca una Constituyente con el objeto de refundar a Venezuela con una nueva Constitución Nacional, en un momento de mucha tensión política y social en el país, según Maduro el anuncio de la convocatoria es para ganar la paz, para vencer el golpe de estado y para perfeccionar el sistema político, económico y social del pueblo, la convocatoria también fue hecha para eliminar la Constitución vigente y crear una nueva que incluya el reordenamiento del Estado, la Asamblea Nacional y el Poder Judicial.

Ante este fraudulento llamado de Nicolás Maduro como Presidente de la Republica y prácticamente ya avalado por el órgano electoral es necesario dejar claros algunos aspectos importantes de la Constituyente.

El Poder constituyente y la soberanía: La soberanía de acuerdo con la Constitución, reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.

De acuerdo con esta afirmación, se distinguió entre el poder constituyente, cuyo titular lo ejerce el pueblo en forma directa y los poderes constituidos, cuando el poder público es delegado en órganos derivados (Congreso o Asamblea Nacional y Asamblea Nacional Constituyente) constituidos en los términos de la Constitución Nacional. “Y debo decir que la separación fundamental entre el poder constituyente y los poderes constituidos es la mayor creación jurídica del siglo XVIII”.

La separación y diferenciación clara y precisa del poder constituyente y de los poderes constituidos, es un rasgo esencial del Estado de derecho. Por eso lo atacaban, lo atacan y lo atacarán con espíritu reaccionario y violento los partidarios del absolutismo en cualquiera de sus formas.

La convocatoria de Maduro es ilegítima, inconstitucional y fraudulenta, no tiene consulta popular, forma parte de ese conjunto de acciones del golpe continuado que viene realizando el gobierno desde principios de 2016 con el cierre técnico de la Asamblea Nacional mediante las decisiones ilegales del Tribunal Supremo de Justicia.

¿Qué es una Asamblea Nacional Constituyente?

Es la que se encarga de “transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”. Prevé dicho mecanismo en los artículos 347 y siguientes de la actual Carta Magna. La ANC es una de las formas que plantea la Constitución venezolana para ser reformada y con ella todo el funcionamiento del Estado en lo que respecta a instituciones y las ramas del poder público. Por medio de ella se “refunda” el Estado con cambios profundos que no pueden hacerse por reformas o enmiendas.

¿Es necesario llevar a referendo la propuesta de Asamblea Constituyente?

Totalmente, cambiar por completo la Constitución Nacional debe pasar por una elección libre, democrática y plural. Que el pueblo decida si quiere o no.

La actual Constitución es producto de un proceso constituyente impulsado por Hugo Chávez en 1999, que propuso el tema de reformar el Estado como una de sus promesas electorales en su primera campaña presidencial.

El 2 de febrero de 1999 Chávez al ser juramentado en el Congreso Nacional indicó que se juramentaba sobre una “moribunda”, en referencia a la Carta Magna, y ese día convocó a un referéndum consultivo para que los venezolanos decidieran si querían que se realizara una Asamblea Nacional Constituyente, tema que no aparecía en la Constitución de 1961, en los término que él planteaba y que el Consejo Nacional Electoral regulaba. Más de 80% de los venezolanos que votaron aprobaron la propuesta y se inició el proceso que derivó en la Constitución vigente.

La Constitución del 99, fue dictada por el pueblo venezolano, lo que significa que emana del Poder Constituyente originario que solo concierne al pueblo, el cual no solo ordenó elaborar el proyecto de una ANC, sino que también aprobó mediante referendo el 15 de Diciembre del 99 a través del voto libre y democrático.

¿Cómo serán elegidos los constituyentes?

Es un gran secreto. No se conoce como se van a elegir a los que serán los encargados de crear una nueva Constitución Nacional. El planteamiento presidencial es que la elecciones se realicen en dos ámbitos: territorial y sectorial (trabajadores, campesinos, estudiantes, empresarios, entre otros).

Y este es un planteamiento completamente alejado de las elecciones de las cuales estamos acostumbrados en el país. “Por ejemplo, los trabajadores que están registrados en el Instituto Nacional de Seguro Social (IVSS).

En base a esto, los trabajadores elegirán a sus constituyentes. ¿Quiénes los postularán? Sus mismos compañeros y el candidato deberá contar con un número de firmas que lo avale.

Elecciones sectoriales y territoriales, términos extraños dentro del mundo electoral venezolano, la rectora del CNE Tibisay Lucena debe explicar cuanto antes que significa verdaderamente esa nueva forma de elección

A su vez Nicolás Maduro habló de la participación de todo tipo de organización, llámese Clap, comunas, frentes revolucionarios, consejos comunales y cualquier otra forma de organización del partido de Gobierno, es decir, da a entender que el dominio de esa creación constitucional la tendrá el Psuv en sus distintas formas de organización social.

Es muy probable que el CNE adapté la elección a semejanza de la inexplicable e ilegal forma de elección de los constituyentistas planteada por Maduro.

No se puede ir a una elección a ciegas, violando por completo el derecho al sufragio libre y democrático de todos los venezolanos inscritos en el REP.

¿Qué busca la Constituyente llamada por Nicolás Maduro?

-No tener elecciones libres y democráticas en el 2018.

-Suspender de nuevo las elecciones regionales y municipales.

– Suspender de manera indefinida los poderes ya constituidos y eliminar por completo la Asamblea Nacional y la inmunidad parlamentaria de los Diputados electos en el año 2015.

-Conseguir tiempo y desviar la atención de los graves problemas del país.

-Crear una constitución Nacional que sólo beneficie al partido de Gobierno.

Plan Zamora. Plan Militar

Nicolás Maduro, activó la noche del martes 18 de abril un plan estratégico especial cívico-militar: el Plan Zamora, en fase “verde”. Las palabras de Maduro fueron las siguientes: “Voy a activar un plan estratégico especial cívico-militar para garantizar el funcionamiento del país, su seguridad y orden interno, dentro de dicho plan se encuentran el Comando Estratégico Operacional (CEO). Los Jefes del Redi (Región Estratégica de Defensa Integral), y los Jefes del Zodi (Zona Operativa de Defensa Integral).

A pesar de la poca información que existe en los civiles en torno a este plan presidencial, esta semana el Plan Zamora llegó al estado Carabobo, donde se pudo observar con claridad que éste plan, está por encima de la Constitución Nacional vigente y de cualquier ley, preocupa mucho en el gremio jurídico que se utilicen las leyes militares para juzgar a civiles, violando por completo el ordinal cuarto del artículo 49 de la Constitución Vigente que consagra lo siguiente: ¨”Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto”.

Ante el chantaje y la manipulación en los medios de comunicación del Estado, es necesario recalcar ante la opinión pública que jamás dentro del seno de la unidad vamos a aupar la violencia y la impunidad, es elemental que buscamos que se condene de forma real los delitos cometidos por cualquier delincuente o saqueador pero que sea dentro de los mecanismos establecidos en nuestro ordenamiento legal vigente, los civiles deben ser juzgados por tribunales civiles, ratificó Manuel Román.

¿Qué busca el Plan Zamora?

-Tratar de eliminar por completo las protestas pacíficas.

-Interrumpir el debido proceso. Artículo 49 de la Constitución Nacional.

-Crear precedentes para detener y procesar dirigentes opositores en jurisdicción militar.

Comentarios

Conoce a VENEZUELA

Entradas más populares de este blog

El emotivo mensaje que dedicó Luis Olavarrieta a hija de Mónica Spear por su cumpleaños

Venden reactor de El Palito haciéndolo pasar por chatarra violando orden que lo prohíbe

Las 13 costumbres venezolanas que más desconciertan a los extranjeros